Tras una fiscalización, el Servicio detectó una serie de incumplimientos a la
Ley del Consumidor y otras normativas, entre ellos, venta de productos
potencialmente peligrosos, rotulado en idioma distinto al castellano y no
incluir “Sello SEC” en productos eléctricos.
● El tribunal condenó al local comercial ubicado en Panguipulli al pago de una
multa de 1.250 UTM, esto es, más de 87 millones de pesos.
Tras una denuncia del SERNAC, la justicia condenó al local chino “Importadora Arcoíris” al
pago de una millonaria multa luego de infringir una serie de disposiciones establecidas en
la ley, entre ellas, vender productos potencialmente peligrosos, rotulado en idioma
distinto al castellano y no incluir el “Sello SEC” en productos eléctricos.
La denuncia ante la justicia fue interpuesta por el SERNAC luego de detectar, a través de
una fiscalización presencial, una serie de infracciones a la Ley del Consumidor y también
de normativas sectoriales.
La acción judicial fue presentada por la Unidad Judicial Regional ante el Juzgado de Policía
Local de Panguipulli, con el propósito de que se aplicara el máximo de las multas
establecidas en la Ley del Consumidor (Ley 19.496) ante la gravedad de los hallazgos.
Tras analizar los antecedentes, finalmente el tribunal le dio la razón al SERNAC,
estableciendo que la “Importadora Arcoíris” (Importadora Xundong Mao E.I.R.L.) infringió
una serie de disposiciones, entre ellas, comercializar productos potencialmente peligrosos
para la salud de las personas.
Adicionalmente, el juzgado estableció que este local infringió la normativa al comercializar
productos con rotulado en idioma distinto al castellano; vender productos eléctricos, por
ejemplo, alargadores, hervidores de agua y bolsas de agua caliente eléctricas sin contar
con el “Sello SEC”; no informar el derecho a la garantía legal de los productos nuevos que
salen defectuosos; y no indicar el nombre y domicilio del jefe de local, entre otros
incumplimientos.
Finalmente, y considerando la gravedad de la situación, el tribunal aplicó una serie de
multas de acuerdo a los múltiples incumplimientos, sumando un total de 1.250 UTM, esto
es, más de 87 millones de pesos, una de las sanciones más altas aplicadas por
infracciones a la Ley del Consumidor.
La Directora Nacional (s) del SERNAC, Carolina González, junto con valorar la sentencia,
explicó que esta decisión judicial ratifica una vez más que las empresas tienen que ser
profesionales y respetar las disposiciones de la Ley del Consumidor y otras normativas
que protegen a las personas, las cuales son aplicables a todos los comercios del país.
González agregó que las normativas establecen expresamente que las empresas que
comercialicen productos deben cumplir con las normas de seguridad que prevengan
cualquier tipo de riesgo para la salud y la seguridad de los consumidores.
“La Ley del Consumidor dispone claramente que todos los proveedores que comercialicen
productos, deben hacerlo con la rotulación correspondiente, es decir, que cuenten con
información relativa al uso, contenido y composición. Estos antecedentes deben estar
siempre en idioma español”, explicó la autoridad.
La norma también obliga a las empresas a informar los alcances del derecho a la garantía
legal cuando los productos nuevos salen defectuosos, esto es, que las personas pueden
solicitar el cambio del producto, la devolución del dinero o la reparación en un plazo de 6
meses desde que se realizó la compra.
Además, la norma sectorial eléctrica indica que si los locales venden productos eléctricos
deben incluir el “Sello SEC”, distintivo que implica que cumplen con la normativa vigente y,
en consecuencia, no revisten riesgos para su seguridad.
¿Dónde reclamar?
En caso de detectar algún incumplimiento a sus derechos, los consumidores pueden
reclamar en el SERNAC en www.sernacl.cl, llamando al número 800 700 100 o
presencialmente en las oficinas del organismo presentes en todas las capitales regionales
del país, que en el caso de la Región de los Ríos está ubicada en la calle Arauco 371, piso 2,
Valdivia.