AUTORIDADES EXPLICAN ALCANCES DE LA NUEVA REFORMA AL SISTEMA NOTARIAL Y REGISTRAL EN CHILE

La normativa, que entró en vigencia el pasado 2 de abril, establece
un nuevo sistema de nombramientos de notarios, conservadores y
archiveros, terminando con los cargos vitalicios.
● Esta Ley dispone un sistema de precios máximos que este tipo de
instituciones pueden cobrar por sus servicios.
● La nueva norma fortalece la digitalización de este tipo de servicios,
garantizando el acceso remoto y gratuito a múltiples registros.
● La normativa dispone además que el SERNAC será la institución
encargada de fiscalizar la calidad de los servicios prestados.
● Por su parte, la Fiscalía Judicial supervisará la conducta funcionaria
de los notarios, archiveros y conservadores e informará a cada
corte de apelaciones la ocurrencia de faltas o abusos en el
cumplimiento de sus funciones, tribunal que podrá iniciar procesos
sancionatorios.
● El SERNAC ya ofició a más de 500 notarías y actualmente se
encuentra monitoreando el comportamiento de estas instituciones
respecto de la implementación de la nueva ley.

Tras la reciente entrada en vigencia de la Ley de Notarías, el Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos, la Subsecretaría de Economía y Empresas de
Menor Tamaño y el SERNAC, resaltaron los alcances de esta normativa que
moderniza y transparenta este rubro altamente demandado por la ciudadanía,
junto con anunciar una serie de acciones tendientes a fiscalizar su estricto
cumplimiento.
La Ley de Notarías (Ley 21.772) que modifica el Código Orgánico de Tribunales
y hace aplicable la Ley del Consumidor (Ley 19.496) a notarios, conservadores
y archiveros, entró en vigencia el pasado 2 de abril de 2026.

Esta reforma actualiza el sistema en sus aspectos orgánicos y funcionales, en
el marco de la agenda de modernización del Estado y fortalecimiento
institucional, teniendo como objetivo modificar el sistema de nombramiento

de notarios, conservadores y archiveros, modernizar el sistema notarial
registral y favorecer la competencia y transparencia del mercado.
Un aspecto muy relevante que establece esta normativa es la facultad de
supervigilar a los notarios, conservadores y archiveros, rol que queda
encomendada al Fiscal Judicial, mientras que el SERNAC es la institución
encargada de velar por la protección de los derechos de los consumidores y la
calidad del servicio.
El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Rabat, señaló que la
entrada en vigencia de la Ley de Notarías es muy importante porque dispone
de una serie de aspectos que benefician a las personas, como, por ejemplo, los
precios máximos que pueden ser cobrados por este tipo de instituciones son
establecidos por Ley, se deben respetar los horarios de atención, se tienen que
cumplir con una serie de estándares de seguridad, y además esta norma le
entrega al SERNAC la facultad de poder fiscalizar la prestación de este tipo de
servicios.
Por su parte, el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño,
Karlfranz Koehler, valoró la vigencia de esta normativa por cuanto fomenta
transparencia y el acceso a la información, beneficiando a las personas que día
a día debe realizar múltiples trámites ante las notarías, conservadores y los
archiveros judiciales, resaltando además la obligación de la digitalización de los
repositorios de escrituras públicas e instrumentos que deben realizar estas
instituciones ahora, lo que sin duda a implica un mejor servicio para todos los
ciudadanos de la República.
Finalmente, la Directora Nacional (s) del SERNAC, Carolina González, añadió
que “esta nueva ley es una excelente noticia para los consumidores porque
pone fin a los cargos vitalicios y pone foco en los méritos en el nombramiento
de los notarios, fortalece lo digital disminuyendo las filas, establece precios
máximos y tarifas más claras, fortalece la transparencia a través de
fiscalizaciones del SERNAC y de la Fiscalía Judicial y disminuye trámites

innecesarios al eliminar alrededor de 12 gestiones que dejarán de requerir
paso por notaría, facilitando la vida de las personas”.

Principales alcances de la Ley de Notarios
● Concursos públicos para los nombramientos de notarios,
conservadores y archiveros: La nueva ley que reforma el Sistema
Notarial y Registral incluye la realización de concursos públicos para
nombrar a notarios, conservadores y archiveros, a través del Sistema de
Alta Dirección Pública (ADP).
● Fin a los cargos vitalicios de notarios: La ley establece un límite de
edad de 75 años para ejercer el cargo de notario y prohibición para que
familiares de determinadas autoridades puedan ser incluidos en las
nóminas de selección y/o nombramientos.
● Fiscalización a las notarías y posibilidad de reclamar para los
usuarios: Se incorpora al SERNAC como organismo con facultades para
supervisar la calidad del servicio y permitir a las personas usuarias
puedan reclamar a través de sus plataformas respecto a los problemas
de atención, servicios y cobros irregulares.
● Modernización y digitalización del servicio: La ley que reforma al
Sistema Notarial y Registral establece la modernización y digitalización
del servicio, garantizando acceso remoto y gratuito a los registros, sitios
web informativos, canales de reclamos y mejoras en infraestructura.
● Transparencia en tarifas y precios máximos fijados: Con la reforma
se busca transparentar las tarifas a través del establecimiento de
máximos fijos de precios de servicios prestados por las notarías.
La fijación de un precio máximo se realizará a través de un
procedimiento técnico a cargo de los Ministerios de Justicia y Derechos
Humanos, Hacienda y Economía.
● Mejora en la atención al público en notarías: La reforma al sistema
de notarías permite mejorar la atención al público en las notarías con

horarios obligatorios de funcionamiento y requisitos mínimos de
infraestructura y equipamiento tecnológico.

Fiscalización nueva ley
Con la entrada en vigencia de la nueva ley, el SERNAC anunció que ya ha
oficiado a más de 500 notarías a nivel nacional para invitarlos a ser parte del
Portal del Proveedor, con el fin de tramitar eficientemente los reclamos que
ingresen ante un eventual incumplimiento a la Ley del Consumidor.
El Organismo indicó además que monitoreará el comportamiento de las
notarías y conservadores respecto de la implementación de la nueva ley, a
través de la revisión de reclamos y alertas, para luego realizar fiscalizaciones
focalizadas, tanto presenciales como digitales, que permitan verificar que
dichas disposiciones se cumplan.
Adicionalmente, el SERNAC agregó que ya están realizando una serie de
reuniones de coordinación con el Poder Judicial para velar por el estricto
cumplimiento de parte de las notarios, conservadores y archiveros, indicando
que, en caso de detectar incumplimientos, adoptarán las acciones adecuadas
de acuerdo a sus facultades.
Dónde reclamar
En caso de incumplimientos o mala calidad del servicio, los consumidores
pueden reclamar ante el SERNAC en www.sernac.cl, llamando en forma
gratuita al 800 700 100 o en las oficinas del Servicio a lo largo del país.
Contexto y rol del SERNAC y la Fiscalía Judicial
El 2 de julio de 2025 fue despachada la ley que reformó el Sistema Notarial y
Registral, iniciativa que fue aprobada por el Congreso Nacional, luego de seis
años de tramitación legislativa.
Finalmente, la Ley de Notarios (Ley N° 21.772) que modifica el Código Orgánico
de Tribunales y hace aplicable la Ley del Consumidor (Ley 19.496) a notarios,
conservadores y archiveros), entró en vigencia el pasado 2 de abril de 2026.

La Ley de Notarías le reconoce al SERNAC un rol fundamental, al ser la entidad
encargada de velar por la calidad y cumplimiento del servicio y la protección de
los derechos de los consumidores.

Con la entrada en vigencia de esta nueva ley, el SERNAC puede fiscalizar a las
notarías y recibir los reclamos de las y los consumidores. Es decir, a partir de
ahora el Servicio cuenta con la facultad de supervisar la calidad del servicio,
pudiendo gestionar los reclamos que interpongan los usuarios a través de sus
canales de atención respecto a los problemas de atención, servicios y cobros
irregulares.
En caso de detectar incumplimientos, el SERNAC podrá iniciar acciones para
proteger los derechos de las y los consumidores. Por ejemplo, podría oficiar a
las notarías, interponer denuncias ante los juzgados de policía local, iniciar
Procedimientos Voluntarios Colectivos o incluso, demandar colectivamente en
caso que la infracción afecte a un colectivo de personas.
Además de las facultades que la ley le otorga al SERNAC, la norma le entrega a
la Fiscalía Judicial el rol supervisar la conducta funcionaria de los notarios,
archiveros y conservadores, para efectos de informar a la corte de apelaciones
respectiva las faltas o abusos que cometieren ejerciendo sus funciones, para
que los tribunales de alzada inicien los respectivos procesos sancionatorios
disciplinarios.

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