Fiscalía obtuvo pena efectiva de cárcelen contra de autor de delito de femicidio frustrado

Investigación permitió acreditar el grave ilícito cometido por el acusado quien deberá
cumplir la sentencia de manera efectiva en un recinto carcelario, además de otras
sanciones accesorias.

La Fiscalía de Atacama acreditó en audiencia de Juicio Oral los antecedentes un delito de
femicidio frustrado que ocurrió en Copiapó, cuya acción investigativa fue dirigida por la
Fiscalía Local de esta ciudad. Trabajo que permitió acreditar los hechos para derivar en la
sentencia del acusado.
Cabe recordar que la investigación de este caso fue desarrollada por los fiscales Ariel
Guzmán y Marcos Arenas en distintas etapas, mientras que la audiencia de Juicio fue
asumida por el fiscal jefe de esta comuna, Christian González Carriel, quien se encargó de
presentar la evidencia reunida en la etapa investigativa y los testimonios ante los Jueces del
mencionado Tribunal.
“La función investigativa de la Fiscalía, mediante los protocolos establecidos a nivel nacional
frente a delitos de violencia de género y la preocupación regional por estos casos, permitió
reunir la evidencia que acreditó la participación consumada del acusado, quien en el mes de
mayo del año 2023 atacó a su pareja ocasionando lesiones de extrema gravedad con un
arma blanca. Las que, de no mediar intervención médica, hubieran derivado en un desenlace
fatal”, dijo González.
Dada las características de este caso, el Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género
de Atacama fue parte querellante en la causa.
SENTENCIA
Christian González indicó que en la audiencia en que el Tribunal dio a conocer la sentencia
aplicada al acusado, se conoció que fue sancionado a cumplir la pena de 12 años de
presidio efectivo en un recinto penitenciario bajo resguardo de Gendarmería de Chile. Junto
con ello, el Tribunal determinó que una vez que el sentenciado recupere su libertad deberá
cumplir medidas accesorias consistentes en la prohibición de acercarse a la víctima, su
domicilio, lugar de trabajo o de estudio, en un radio inferior a doscientos metros y la
prohibición de comunicarse con la afectada por cualquier medio por un plazo de dos años.

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