DIGITALIZA NOTIFICACIÓN A VOCALES DE MESA Y MIEMBROS DE COLEGIO
ESCRUTADOR
Este jueves 23 de octubre fue publicada la Ley 21.779 que modifica la Ley Orgánica
Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios “N°18.700” en dos aspectos esenciales:
uno es la sanción al incumplimiento del voto obligatorio. Y el otro es la publicación de la
nómina de vocales de mesa, que hasta las elecciones anteriores se realizaba tanto en medios
escritos como mediante el envío de carta certificada.
El cambio normativo, en el artículo 48 de la ley 18.700, indica que “A partir del vigésimo
segundo día anterior a la elección o plebiscito, el Servicio Electoral deberá publicar en el
sistema de consulta disponible para los electores en su sitio web, al que se refiere el inciso
segundo del artículo 7 de la Ley N°18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de
Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, la condición de haber sido el elector designado
como vocal de mesa o miembro de un colegio escrutador”. Adicionalmente, corresponderá al
Servicio Electoral publicar en el sitio web la nómina completa de vocales de mesa y de
miembros de colegios escrutadores.
La modificación surge tras la aprobación del Congreso Nacional del proyecto de Ley iniciado
en una moción parlamentaria.
La Ley rige in actum, por lo que debe llevarse a efecto de manera inmediata por el Servicio
Electoral, a partir de este sábado 25 de octubre, fecha en que se dará a conocer en su sitio
web a las 203.646 personas que han sido designadas por las Juntas Electorales como
vocales de mesa en Chile y en el exterior.
Los ingresos a la Consulta de Datos Electorales en línea en elecciones anteriores han sido
superiores al 92% del padrón (más de 14 millones de RUN únicos han consultado sus datos),
lo que confirma que es un medio ampliamente visitado por el electorado y que garantiza el
acceso de distintos sectores de la ciudadanía a saber si fueron designados como vocales de
mesa, así como conocer su mesa y local de votación. Los mismos datos también pueden ser
conocidos al consultar de forma telefónica, en el call center de Servel, al 600 6000 166, y de
forma presencial en las Direcciones Regionales de Servel.
Cabe destacar que un 96% de los vocales de mesa deberán cumplir su rol por segunda vez, ya
que fueron designados en el último proceso electoral.
CRISTINA CELIS ROZAS
DIRECTORA REGIONAL(S)
SERVICIO ELECTORAL DE ATACAMA